Vacaciones: días de cortesía
Elija 30 días al año sin notificaciones electrónicas

Si transcurren diez días naturales desde que una empresa recibe una notificación electrónica de Hacienda y nadie accede a su buzón electrónico para abrirla, dicha notificación se entiende realizada. Por tanto, puede suceder que a lo largo de las vacaciones se reciba alguna notificación y se pasen los plazos para recurrir.
Para evitar este riesgo, recuerde que cada año es posible señalar 30 días durante los cuales Hacienda no puede depositar notificaciones en el buzón electrónico de las empresas.
Es conveniente no demorarse en efectuar esta gestión. Sepa que los días de cortesía se deben solicitar con un mínimo de siete días de antelación al comienzo del período deseado.
Consúltenos: nuestros profesionales le asesorarán sobre la mejor manera de gestionar los días de cortesía.
CONTENIDO RELACIONADO
-
DECLARACIÓN DE LA RENTA
Que no se te haga tarde para declarar tu renta.
-
Recuperación del IVA no cobrado
Recuerde que su empresa puede recuperar el IVA de sus impagados.
-
Facturación electrónica: novedades
Vea las nuevas obligaciones previstas en materia de facturación electrónica.
contenido exclusivo